El Real Decreto 487/2022, publicado el 22 de junio de 2022 y vigente desde el primer día del año 2023, en el que se establecieron los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis ha generado una serie de consecuencias que afectan directamente a los sistemas de acumulación de ACS en el sector terciario, y principalmente en el sector hotelero.

Dicho RD es de aplicación a todos los edificios, excepto aquellos dedicados exclusivamente al uso de viviendas, y multiplica por 4 el número de actuaciones al variar la periodicidad de la inspección y tratamiento contra la legionelosis pasando de ser anual a ser trimestral. Este cambio implica un sensible incremento de los costes derivados del mantenimiento que además debe ser realizado por empresas especializadas y homologadas para el control y tratamiento de la legionella.

Legionella

 

Sin ahondar en detalles técnicos, podemos diferenciar dichos tratamientos entre aquellos que realizan un choque térmico y aquellos que realizan un choque químico:

  • Choque térmico: Básicamente consiste en aumentar la temperatura del agua acumulada por encima de los 70ºC durante un periodo corto de tiempo para eliminar las bacterias de legionella. La eficacia de este sistema ha generado dudas llegándose incluso a demostrar que estos tratamientos generan mayor resistencia en la bacteria a las altas temperaturas. Recientes estudios en el ámbito del sector hotelero muestran diferencias de apenas el 5% en el porcentaje de muestras positivas en legionella entre hoteles donde se había realizado el choque térmico y hoteles sin tratamiento aplicado.
  • Choque químico: Las dudas generadas por el sistema de choque térmico y el perfil propio de las empresas dedicadas a estos tratamientos hacen que cada vez más se opte por el uso de agentes químicos, biocidas, para eliminar las bacterias o bien se recurra a hipercloraciones que no son más que adiciones de hipoclorito hasta conseguir concentraciones de agua clorada entre 1 y 2 ppm.

Este aumento de la frecuencia en los tratamientos están acortando dramáticamente la vida útil de los acumuladores de ACS, llegándose al extremo de que muchos de los fabricantes comienzan a incluir cláusulas en sus documentos de garantía que excluyen de la misma los productos tratados mediante choque químico.

 

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Ante este panorama se abre un mercado muy interesante para un tipo de depósitos que no se ven sujetos a este real decreto: los depósitos de producción instantánea de ACS. Éstos, a diferencia de los sistemas tradicionales de acumulación, no contienen en su interior el agua que llegará a los puntos de consumo, sino que básicamente acumulan energía térmica en forma de agua caliente que es transferida por intercambio térmico a serpentines de producción instantánea del ACS. Dichos serpentines se dimensionan a la medida de la instalación adaptándose en longitud y diámetro, para satisfacer la demanda del edificio, siempre dentro de unos valores óptimos de temperatura, caudal y pérdida de carga. Es una solución óptima especialmente para hoteles, pero igualmente interesante para residencias de ancianos y estudiantes, hospitales, centros deportivos, etc.